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sábado, 14 de mayo de 2011

Administración judicial electrónica

CSIF               JUSTICIA INFORMA


"La sede judicial electrónica permitirá a medio plazo la tramitación íntegra del expediente judicial, lo que obligará a regular de forma necesaria el uso de la firma electrónica"

JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ Las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia van ganando terreno, no se si adeptos, pero es cuestión de empezar y sobre todo, de que funcione. Interés no falta, si encima hay dinero y ganas de que la Justicia funcione por fin, como exige un Estado de Derecho. No seré yo quien critique esta nueva iniciativa, aunque si soy algo escéptico (qué daño ha hecho Santo Tomás a los que fuimos educados en la religión católica).

Se trata esta modernidad, –que ni los más viejos leguleyos romano-franceses-españoles, podían ni haber soñado–, una vez que el Senado de su visto bueno (que siempre lo da), aunque sea con traducciones simultáneas, de que desaparezcan ya de los organismos judiciales los legajos de papel, las piezas de un procedimiento unidas a cuerda floja, y los documentos o papeles en general apilados en las mesas de una oficina judicial… En fin, que todo estará registrado, consultado, tramitado y resuelto en las pantallas de los ordenadores. Y no solo para los que trabajan en la Administración de Justicia, sino también para los propios administrados o ciudadanos. Éstos, podrán elegir el uso de las tecnologías de la información en sus relaciones, y la Administración deberá suministrarles los medios oportunos para hacerlo. Los profesionales de la Justicia y el personal que trabaja en ella, tienen la obligación de utilizar estas nuevas tecnologías. Para todo ello, se creará un Punto de 
Acceso General de la Administración de Justicia, que dará contenido a la llamada «sede judicial electrónica», que es el canal para tramitar 
todas las actuaciones tanto de los profesionales de la justicia como de los ciudadanos.

Todo lo cual permitirá, a un medio plazo, la tramitación íntegra del expediente judicial, lo que obligará a regular de forma necesaria el uso de la firma electrónica, con la finalidad de autentificar cualquier documento que forme parte del expediente judicial electrónico. Nueva tecnología electrónica que se extenderá asimismo al registro de escritos, a las notificaciones o comunicaciones, y a cualquier trámite que exija el proceso.

Pero aquí no acaban las novedades, hay una más consistente en que se va a regular el denominado EJIS; esto es, el Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad, con la finalidad de constituir un mínimo común denominador de conocimiento, para permitir que los distintos sistemas informáticos no sean incompatibles o que se generen disfunciones, por el uso de programas diferentes. Es decir, se va a potenciar la coordinación y cooperación entre todas las Administraciones Públicas. 

En definitiva, se persigue con este Proyecto de Ley Reguladora del Uso de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, conseguir una Justicia: a) más accesible, b) más transparente; c) más eficiente, porque asignará mejor los recursos disponibles; y d) más ágil, al tramitarse íntegramente en formato electrónico y al acortarse enormemente los plazos de tramitación. 

¡Magnífico! Las propuestas son extremadamente sugerentes. Ahora solo faltan dos cosas: una, que estemos todos preparados y concienciados para su uso correcto, y no suponga una lentitud al menos inicial; y otra, tan importante como la primera, que la Red y la electrónica, no se caiga cada dos por tres.

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