CSI·F VUELVA A GANAR EN LOS TRIBUNALES DERECHOS PARA LOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA
La Audiencia Nacional anula el requisito de servicios efectivos para la promoción interna
Por su parte, CSIF consigue que en las nuevas bases comunes y en la nueva convocatoria aparezca como requisito dos años de antigüedad tal y como establece la LOPJ y el reglamento
El Juzgado de lo contencioso administrativo número 12 de la Audiencia Nacional anula la base 4ª apartado, de la convocatoria del año 2010, con respecto a la exigencia de dos años de prestación de servicios efectivos para poder promocionar dejando claro lo que la LOPJ y el Reglamento de ingreso dictan con meridiana claridad y es que los dos años deben ser de antigüedad.
Para CSIF, la diferencia es importante, además del respeto a la jerarquía normativa que había sido vulnerado por el Ministerio; también, por cuanto la antigüedad se mide desde la fecha del nombramiento como funcionario mientras que los servicios efectivos se computan desde la toma de posesión que se produce uno o dos meses más tarde que el nombramiento, adelantando la fecha de consolidación de los trienios. En la nueva convocatoria ya se refleja este criterio a requerimiento expreso de CSIF en la mesa de negociación.
Esta sentencia de la AN recoge la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ya falló en similares términos respecto del cómputo de la antigüedad, del tiempo reconocido como interino y que el Ministerio corrigió en su anterior convocatoria.
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